miércoles, 7 de diciembre de 2011

Capex un revés

 
Nos dirigimos a Uds. en nuestro carácter de apoderados de CAPEX S.A. (“Capex” o la “Sociedad”), en los términos del Artículo de la referencia a efectos de informar lo siguiente, aún considerando que la información que se hará pública seguidamente no configura ni debe entenderse ni interpretarse entre los supuestos previstos por la norma de la referencia, ello toda vez que se trata de información de público conocimiento.

                                                    A fines del mes de  Noviembre de 2011  el ENTE NACIONAL REGULADOR  DEL GAS (ENARGAS)  dictó las  Resoluciones  1982,  1988 y 1991 en virtud de  las cuales,  entre otras cuestiones: (i)  se ajustaron los valores unitarios del  cargo creado por el Decreto PEN 2067/08  aumentándolos aproximadamente  un 1000% y (ii) se dispuso aplicar dicho cargo  en forma completa a determinados usuarios no residenciales  de  gas  natural de acuerdo a la actividad principal o secundaria que éstos realicen  lo cual inlcuye a las Plantas de Tratamiento de Gas Natural ubicadas fuera de  la medición regulada, tal el caso de la planta de Servicios Buproneu S.A en la cual CAPEX procesa gas natural. En virtud de  lo expuesto,  CAPEX en su carácter de Productor de GLP debería abonar el cargo  mencionado.

La Sociedad ha concluido que el impacto económico de dicho cargo será significativo para la unidad de negocios GLP y se encuentra analizando las acciones a seguir.

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